Al tiempo que las alertas por coronavirus se disparan en nuestro país, crece el temor en las empresas a los daños irreversibles —económicos y a nivel de empleo— que el brote de la enfermedad pueda terminar ocasionado a futuro. Más aún en una economía como la española, en la que ya se advierte del “parón” que el brote va a suponer para sectores tan estratégicos como el del turismo y el de los servicios, y ante mensajes como los que lanzaba hace solamente unos días una Christine Lagarde que urgía a la Unión Europea a tomar medidas con las que evitar unos efectos que llegarían a ser similares a los generados durante la crisis de 2008.
Todo ello en un clima especialmente pernicioso para las empresas textiles y del sector de la moda, que pueden ver arruinadas todas sus colecciones para la próxima temporada Primavera/Verano de 2020 ante retrasos en la entrega de pedidos y en la producción; así como en el volumen de ventas. Cuya caída terminará poniendo en serio peligro a más de una compañía, especialmente a las pequeñas y medianas empresas y a aquellas sobreexpuestas de manera significativa a la producción en China. País donde parece por otro lado que el brote de coronavirus comienza a estar bajo control, al tiempo que ataca y continúa expandiéndose por toda Europa, con Italia, Francia y España como principales nuevos focos de la infección.
Ante esta situación, es importante conocer las alternativas de las que van a poder hacer uso las compañías del sector textil para poder paliar los nocivos efectos ocasionados a causa del coronavirus. Así como esos otros de los que podrían haber hecho uso de manera preventiva, y que deberán tener muy en cuenta a la hora de preparar sus estructuras ante posibles contingencias como las actuales.
“En esta ocasión, las consecuencias económicas del coronavirus están poniendo de manifiesto un riesgo que hay que tener en cuenta para prevenir escenarios de crisis: la sobreexposición a la clientela o, como en este caso, la sobreexposición a un proveedor”, nos apuntan, través de un comunicado, desde el despacho de Gaula Abogados. Cuyo experto en derecho concursal y societario, Carlos Pavón Neira, explica que “con este virus, se ve que las empresas que confían mayor porcentaje de producción y distribución al país asiático se ven más afectadas, mientras que aquellas que cuentan con una cadena de suministro diversa, pueden sortear mejor el temporal”. Siendo habitual que las PYMES sean quienes más expuestas se encuentran a esta dependencia al presentar un mayor porcentaje de su facturación dirigida a un único cliente, sin que por el contrario las grandes compañías puedan terminar ajenas a este peligro.
Medidas preventivas: una nueva estructura empresarial
Como principal medida preventiva ante esta sobreexposición, Pavón recomienda que las empresas que se vean reflejadas en estas premisas se doten de una “sencilla estructura de sociedades” que les permitirá minimizar sus riesgos.
“Para superar la tradicional constitución de una única sociedad de capital (S.L./S.A.), la mejor opción es optar por la creación de una o varias sociedades dependientes de una sociedad matriz”, lo conocido como “Holding”. Estructura que les permitirá poner a salvo los principales activos de la empresa, como inmuebles, maquinaria o equipos, que pasarán a depender de la empresa matriz. Que se configurará como titula de las demás sociedades filiales que existan o que se creen para la prestación de los diferentes servicios. Siendo lo más recomendable en el caso de que un cliente destaque “significativamente” y “suponga un gran porcentaje de la facturación”, constituir una filial que se encarga de prestarle sus servicios, quedando las demás empresas dependiendo de la segunda filial. Disminuyendo así el riesgo de sobreexposición y de dependencia sobre ese pujante cliente.
El objetivo de establecer esta configuración “es delimitar los riesgos entre las diferentes sociedades para que, en caso de contingencias, se evite que se contagien a otras”, señalan desde Gaula Abogados. “De esta manera, la empresa podrá conservar el control del riesgo de sus principales activos” y “continuar su actividad con el resto de clientes”. Quedando cualquier perjuicio ocasionado a cuenta de ese importante cliente ligado a la filial correspondiente.